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Obstrucción en el Senado

Obstrucción en el Senado

13 agosto 2021 Eddy Olivares Ortega Opiniones

El mecanismo de obstrucción de iniciativas legislativa es tan viejo como el mismo parlamento, lo que se comprueba en el hecho de que durante el Antiguo Imperio Romano, en el año  59 a. C., el extraordinario senador y orador, Marco Porcio Catón, estando en minoría en el Senado, impidió la designación de Julio César en el cargo de Cónsul, mediante un maratónico discurso que se extendió hasta el amanecer, obligándolo a decidir entre ser Cónsul o renunciar al majestuoso reconocimiento que le había concedido el Senado por su triunfo en la batalla de Lusitania.

Por supuesto, César optó por el cargo de Cónsul, pero tuvo que soportar hasta su muerte las interminables obstrucciones en el Senado de Catón el Joven.

La referida obstrucción, empleada por Catón, se conoce como filibusterismo en el Senado de los Estados Unidos, donde muchos congresistas han pronunciado largos discursos para impedir la aprobación de iniciativas de leyes de gran trascendencia, siendo el más prolongado el del senador ultraconservador y segregacionista de Carolina del Sur, James Strom Thurmond, quien en el año 1957 se mantuvo hablando de pie durante 24 horas y 18 minutos, con el objetivo de impedir el sometimiento a votación del proyecto de ley que eliminaría la segregación racial.

Distinto al estadounidense, en el Senado dominicano, la voz individual de un senador no tiene el poder de obstruir las iniciativas legislativas mediante el filibusterismo, debido a que cada senador tiene reglamentariamente limitada su intervención a diez minutos.

Sin embargo, las iniciativas legislativas también pueden ser obstruidas mediante el impedimento del quórum en la sesión, por medio de la ausencia consciente de legisladores opuestos a la aprobación de un proyecto de ley, tal y como ocurrió en la reciente sesión del Senado en la que se abortó la aprobación del Código Penal.

Con el propósito de evitar la ausencia de los senadores, el artículo 63 del Reglamento del Senado dispone su obligatoriedad de asistir a las sesiones, salvo que presenten una o más excusas escritas por los motivos siguientes: 1) Enfermedad o diligencias médicas; 2) Licencia concedida por el Pleno; 3) Duelo familiar u otro suceso análogo; 4) Representación oficial del Senado; 5) Situaciones familiares; 6) Eventos trascendentes en el ejercicio de su función de representación; y, 7) Causas de fuerza mayor.

A propósito de la falta de quórum que impidió la aprobación de la reforma del viejo Código Penal, es pertinente destacar la ausencia de 19 senadores, de los cuales se excusaron por escrito un total de 12, quedando reflejada así la voluntad mayoritaria de los senadores de impedir la aprobación del informe favorable y sin modificaciones presentado por la comisión especial designada para tales fines.

Tomando en consideración que la decisión fue tomada exactamente al vencerse la legislatura, la jugada concertada por los senadores y senadoras para obstaculizar la aprobación de un proyecto de Código Penal con el que no estaban de acuerdo fue bien planificada y notoriamente exitosa.

En ese sentido, el referido proyecto, conforme al mandato del artículo 104 de la Constitución Política, ahora tendrá que seguir los trámites constitucionales en la legislatura que se iniciará el próximo 16 de agosto, hasta ser convertido en ley o rechazado

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