SANTO DOMINGO.- Acogiendo una solicitud de prisión preventiva como medidas de coerción presentada por la Procuraduría Fiscal de Santo Domingo, una jueza interina de la Oficina de Atención Permanente de esa demarcación envió por un mes al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, al cantante de música urbana, Jhoan Manuel Nova, mejor conocido como "El Sujeto".
La medida de coerción fue impuesta por la jueza Gertrudis Adames, quien además le impuso una garantía económica de 350 mil pesos al agente policial que alegadamente acompañó al artista en el hecho que se le imputa.
Al agente de la Policía, Jessy Sánchez Ceballos y al cantante de música urbana, se les acusa de un supuesto intento de homicidio contra Rafael Reyes Díaz.
La solicitud de medidas coercitiva establece que en fecha 30 de octubre del 2013 en horas del noche, el denunciante Rafael Reyes Díaz transitaba en su motocicleta por el sector de Mandinga, Santo Domingo Este, y fue visto por los imputados Johan Manuel Nova, alias El Sujeto y el raso policial Jessy Sánchez Ceballos , quienes transitaban en un vehículo Honda Accord color rojo, con el cual, alegadamente lo impactaron provocando que cayera al suelo, procediendo posteriormente a pasarle con el vehículo por encima a la víctima.
El Ministerio Público establece además que cuando el denunciante estaba en el suelo, el raso, con su arma de fuego realizó dos disparos al aire con la finalidad de amedrentar a los vecinos para que no acudieran en auxilio del denunciante.
Igualmente el pedimento de la medida coercitva, indica que "El Sujeto" presuntamente arrastró al señor Reyes Díaz, y lo introdujeron en la parte trasera del vehículo en que transitaban los imputados, en el cual lo trasladaron hasta el sector Cachón de la Rubia, donde lo golpearon para que supuestamente el agredido informara sobre unos objetos que le habían sustraído al imputado Johan Manuel Nova.
El Ministerio Público le ha asignado a los hechos indicados la calificación jurídica provisional de Asociación de Malhechores tipificado en el art. 265, 266, 309, 310 del Código Penal Dominicano