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Delegar el poder

Delegar el poder

17 junio 2021 Eddy Olivares Ortega Opiniones

Quien delega su propio poder lo pierde, es una tesis del polímata de la ilustración Jean-Jacques Rousseau, que fue rebatida casi dos siglos después por el politólogo italiano Giovanni Sartori, al sostener, en Elementos de Teoría Política, que “si dicha delegación fuera permanente, si hubiera una translatio imperii (transferencia de imperio) entonces sería cierto”.

Por supuesto, la referida tesis de Rousseau se fundamenta en la democracia, definida como un sistema político basado sobre el poder popular, cuya titularidad, señala Sartori, pertenece al demos (pueblo), mientras que el ejercicio del poder es confiado a los representantes periódicamente elegidos por el pueblo, motivo por el cual considera equivocada la tesis del célebre autor de El contrato social.

La delegación del poder popular a los representantes a través de elecciones, en base a que la soberanía popular reside exclusivamente en el pueblo, es legítima en una democracia representativa.

Sin embargo, quien no puede delegar el poder recibido, bajo ninguna circunstancia, es el representante del pueblo. Esta disposición fue petrificada por el constituyente en el artículo 4 de la Constitución Política, al dejar establecido, de forma categórica, la prohibición de que los encargados de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial puedan delegar sus respectivas atribuciones.

A quién le hubiera sido de mucha utilidad haber asimilado la tesis de Rousseau sobre la perdida del poder que se delega es al liderazgo político, que siendo el que dispone lo que se decide en el Congreso Nacional y el Consejo Nacional de la Magistratura, ha favorecido la designación de los patrocinados por los enemigos de los partidos políticos en los cargos de titulares de los órganos constitucionales extrapoder y otras instituciones de la administración pública.

En ese sentido, las puertas que han abierto algunos líderes partidarios, de manera discriminatoria, para que únicamente pasen a ocupar los referidos altos cargos quienes no hayan pertenecido a los partidos políticos, en algunos casos están contempladas en la ley y en otros son el producto de la voluntad del encargado del poder que tiene la atribución de designar los cargos de que se trate.

De pronto ser un profesional y haber pertenecido a una organización política ha pasado a convertirse en un crimen de lesa ad-ministrare, lo que provocará que muchos jóvenes profesionales se sientan desmotivados para afiliarse en los partidos políticos, en perjuicio del crecimiento cualitativo y cuantitativo de los mismos. ¿Qué sentido tiene para un joven profesional afiliarse a un partido político si al hacerlo se descalifica, de forma automática, para ocupar determinados cargos públicos?.

Otro aspecto negativo de la descalificación de los miembros de los partidos políticos para ocupar determinados cargos públicos es que, con ello, el liderazgo político valida las razones que motivan los ataques que le hacen a los políticos los grupos anti-partido.

Se trata de un fenómeno digno de ser estudiado por Antonio Gramsci, quien descubriría, sorprendido, que en la democracia de partidos de la República Dominicana los que no toman partido no son la masa inerte de la historia, sino ciudadanos vigilantes que se preservan para ocupar los cargos de trascendencia que les han sido vedados a los que si toman partido.

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