Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) planteó que carecen de legitimación para interponer acciones de amparo un grupo de entidades que buscaban dejar sin efecto una circular emitida por la Dirección General de Migración, el 25 de mayo de 2012, mediante la cual se prohíbe al Ministerio de Educación la inscripción de los extranjeros en situación de irregularidad migratoria en los planteles escolares.
Estimó que el derecho fundamental que se violaría, en la eventualidad de que Educación implementare la referida circular, es el de la educación, que es, al mismo tiempo, individual y de segunda generación.
Es de criterio que dada la naturaleza de ese derecho fundamental, su protección, en caso de violación, sólo puede ser reclamada por su titular.
"En este orden, las entidades originalmente accionantes y ahora recurrentes, carecen de legitimidad para invocar las violaciones a las cuales se refiere la acción de amparo".
La alta corte rechazó un recurso de revisión constitucional interpuesto por la Fundación Étnica Integral (FEI), el Movimiento de Mujeres Domínico-Haitiano (MUDHA), Alas de Igualdad (ALAS), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Centro Cultural Domínico-Haitiano (CCDH), el Movimiento Social Cultural de Trabajadores Haitianos, (MOSCTHA), el Comité Dominicano de Derechos Humanos (CDDH), la Colectiva Mujer y Salud, (COLECTIVA), el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de la Mujer (CLADEM).
(Diario Libre)