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Exigir "buena presencia" a las mujeres para optar por un empleo es discriminatorio

6 mayo 2016 Servicios - Costa Verde DR Nacionales Portada

Isabel Bonilla, jueza del Tribunal Constitucional.

Isabel Bonilla, jueza del Tribunal Constitucional.

SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- La jueza del Tribunal Constitucional (TC), Ana Isabel Bonilla, afirmó que pese a las conquistas logradas a favor de las mujeres en la Constitución del 2010, quedan pendientes otras reivindicaciones por los derechos y la igualdad, citando el caso de la “paridad” entre las parejas.

Al dictar la conferencia “Visión de género en la Constitución del 2010”, Bonilla citó como ejemplo que en cuanto al derecho del trabajo, “las mujeres son discriminadas para poder acceder a un puesto al momento de ser evaluadas.

“Sucede que aquí todavía están exigiendo buena presencia, ustedes lo ven en los anuncios, se requiere de buena presencia y menos de 35 años, pero la buena presencia sólo se le exige a las mujeres, porque aquí no importa que los hombres sean feos para acceder al trabajo. Entonces yo digo, qué estudio científico avala que la actitud en la capacidad tiene que ver con los elementos físicos de una persona, esa práctica discriminatoria tenemos que trabajar para que desaparezca, porque es contraria a la Constitución”, acotó Bonilla.

Dijo que el numeral 9 del artículo 62 de la carta sustantiva establece: “Se garantiza el pago de igual salario por trabajo de igual valor, sin discriminación de género o de otra índole y en idénticas condiciones de capacidad, eficiencia y antigüedad”, mandato que es violado por la mayoría de empresas e instituciones públicas, de acuerdo con la valoración de la magistrada.

“O sea, si yo tengo un cargo en iguales condiciones que un hombre, a mi no me pueden pagar menos, no me pueden asignar un Toyota (carro) y a él una Yipeta, tienen que garantizarme las mismas condiciones que tienen los hombres que estén en esa posición”, dijo.

Bonilla exhortó a las mujeres a empoderarse de la Constitución, para que puedan exigir sus derechos y verse en un verdadero estado de derecho frente a los hombres.

Recordó que el 40% de la fuerza laboral en el mundo está compuesta por mujeres; 43% de la producción agrícola y el 50% de la matrícula universitaria también.

La magistrada Bonilla tocó también aspectos relativos a la discusión en torno a la reforma laboral que discute una comisión designada por el Poder Ejecutivo, así como a las propuestas hechas públicas por el sector patronal, que giran en torno a la eliminación del pago por cesantía y aumento de la jornada laboral.

En su opinión la legislación laboral debe ser interpretada conforme al artículo 74, del numeral 4, de la Constitución, que establece: “Los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución”.

“El Estado debe acoger la tesis de la progresividad de los derechos económicos y sociales, que le imponen la obligación de que en el diseño de las políticas públicas referidas al trabajo, no se debe retroceder sin justa causa, porque los derechos fundamentales, como el derecho al trabajo, puede ser mejorado en el tiempo, pero no puede ser limitado ni puede ser restringidos”, dijo la jueza.

La participación de la magistrada Bonilla se llevó a cabo en la Biblioteca Nacional Pedro Henríquez Ureña, donde asistieron jueces, abogados y estudiantes de derecho.(7dias)

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