Santo Domingo.- El director general de Tránsito Terrestre, Luis Estrella, aclaró que el sistema de tránsito terrestre aparece registrado cuando un ciudadano es objeto de una multa, pero ese no es motivo para negar la renovación de la licencia porque la ley no lo establece, y más aún cuando esa sanción no proviene de un tribunal competente.
"Hay una sentencia del Tribunal Constitucional que establece que solamente cuando hay una sentencia de un tribunal competente se le puede negar un papel de buena conducta a un ciudadano, porque además, esas multas son administrativas y no producto de una autoridad judicial con competencia para ello", precisó Estrella.
La Procuraduría ha decidido, al margen de la ley, negar el Certificado de No Antecedentes Penales a los ciudadanos que no hayan pagado las multas de tránsito como si se tratara ésta de un delito penal.
En su opinión, en el país se debe crear el Ministerio de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, para albergar a todas las instituciones que interactúan en el sector y que se encuentran dispersas, muchas veces haciendo funciones comunes o que son competencias de otras instancias.
"Y todas esas instituciones que tienen que ver con tránsito y transporte convertirlas en direcciones generales apéndices a ese ministerio, y eso nos evitaría esa burocracia porque en, definitiva, la ley vigente establece que todo lo que tenga que ver con tránsito y transporte tiene que ser manejado por la Dirección General de Tránsito Terrestre", acotó.
Entrevistado por Héctor Herrera Cabral en el programa D´Agenda, que cada domingo se difunde por Telesistema Canal 11, el director de Tránsito Terrestre sostuvo que si por una de esas multas a un ciudadano se le niega la renovación de su licencia, entonces esa institución estaría incurriendo en desacato de una sentencia del Tribunal Constitucional.