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Pleno JCE reglamenta el voto penitenciario; decide sobre asignación escaños al Congreso y municipios

Pleno JCE reglamenta el voto penitenciario; decide sobre asignación escaños al Congreso y municipios

2 octubre 2015 Servicios - Costa Verde DR Nacionales Portada

VotoSanto Domingo.- El pleno de la Junta Central Electoral aprobó este viernes  la distribución de escaños de diputados y diputadas nacionales por acumulación de votos y el reglamento para el ejercicio del sufragio en recintos penitenciarios del país a partir de las próximas elecciones generales, a celebrarse el 15 de mayo del año 2016.

En lo referente al reglamento para el voto penitenciario, la JCE establece que las personas privadas de libertad deberán estar en condiciones  de internos preventivos, es decir, que sobre las mismas no haya recaído una sentencia que haya adquirido el carácter de la cosa irrevocablemente juzgada.

El ciudadano o ciudadana dentro de esta condición, deberá disponer del nuevo plástico o carné de la cédula de identidad y electoral, sin la cual no podrá ejercer el derecho al voto.

Se utilizarán como recintos de votación aquellos que pertenecen al nuevo modelo penitenciario, y serán sus electores las personas en condiciones preventivas que se encuentren en calidad de internos dentro de los mismos.

A los fines de realizar el registro de los electores, se conformará un “Padrón Electoral Penitenciario”, que estará compuesto por los reclusos que posean su nueva cédula de identidad y electoral y sobre los cuales se haya determinado un periodo de privación de libertad que sobrepase la fecha de las elecciones del 15 de mayo del 2016.

En el caso de los reos sobre los cuales se haya impuesto una medida que caduque antes de las elecciones, ejercerán el sufragio en el Colegio Electoral que indica su documento de identidad y electoral.

Si la autoridad penitenciaria requiriese el traslado de un interno hacia otro penal, se procurará hacer las gestiones pertinentes para que estos puedan ejercer el sufragio, quedando a criterio de estas instituciones la posibilidad del cumplimiento de esta disposición.

Los presos sólo podrán votar por las candidaturas que presenten los partidos políticos en el nivel presidencial, y las votaciones en los recintos penitenciarios serán de 8:30 de la mañana a 4:30 de la tarde.

Los partidos políticos tendrán derecho a realizar algún tipo de propaganda y publicidad de sus candidatos, exclusivamente los de la fórmula presidencial,  en los recintos carcelarios.

No obstante, la  JCE establecerá el tiempo, forma y el espacio en que los partidos harán dicha propaganda en estos recintos, así como toda la regulación necesaria para esta actividad.

Se recuerda que esta será la primera vez que se reconoce un derecho constitucional a las personas privadas de su libertad, para ejercer su derecho al voto.

 Sobre asignación de escaños

Sobre la asignación de escaños de diputados y diputadas nacionales por acumulación de votos, el pleno de la Junta  dispuso la escogencia de cinco representantes al Congreso Nacional, postulados por los partidos en una lista de candidatos por una demarcación nacional, en adición a la que contiene los candidatos al Congreso Nacional por cada una de las provincias y circunscripciones.

Asimismo, ratifica que las listas de los candidatos a la diputación nacional por acumulación de votos serán cerradas y bloqueadas y los electores, al votar en el recuadro de un partido político en la boleta del nivel congresual, estarán escogiendo dichos representantes según el orden en que fueron presentados en la lista.

Para la elección de los diputados nacionales por acumulación de votos, los partidos podrán postular candidatos de manera independiente, aun cuando hayan pactado alianza en el nivel congresual para la elección de los representantes del Distrito Nacional y las provincias.

Sin embargo, no se podrán establecer pactos de alianzas para la elección del diputado nacional con partidos diferentes de aquellos con los cuales se han establecido pactos para la elección de los diputados representantes del Distrito Nacional y las provincias.

Podrán optar por la representación nacional los partidos que hayan concurrido al proceso electoral en el nivel congresual, dando preferencia a los que, aun obteniendo más del 1% de los votos, no pudieron alcanzar escaños.

El escrutinio y adjudicación de los cargos se realizará determinando la cantidad total de votos congresuales que ha obtenido cada agrupación política o alianza de partidos.

Luego se establece cuáles partidos obtuvieron más del 1% de los votos válidos  y se determina cuáles partidos no obtuvieron representación congresual y que obtuvieron no menos del  1% de los sufragios.

El primer cargo será ocupado por el partido que haya obtenido mayor votación, dentro de aquellos que han alcanzado más del uno por ciento (1%) de los votos y que no hayan logrado representación congresual; el segundo cargo será ocupado por el partido que haya obtenido la votación inmediatamente inferior a la del anterior, pero que su votación haya sido un uno por ciento o más, y así sucesivamente, hasta distribuir las 5 posiciones de representación nacional.

La sesión del pleno de la JCE fue  presidida por Juan Moreno,  presidente suplente de la Junta, y la participaron sus miembros titulares, Rosario Graciano, José Ángel Aquino, César Féliz Féliz y Eddy de Jesús Olivares, así como el secretario general, Ramón Hilario Espiñeira. (Nuevo Diario)

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