Santo Domingo, RD.- El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, explicó que los funcionarios sí pueden participar en las precampañas electorales, mientras estén en licencia o tiempos libres de sus respectivos cargos y no se aprovechen de este ni de los recursos del Estado para ayudar una precandidatura.
“Claro, hay funcionarios que tiene una particularidad, es que son personas que están a cargo de órganos delicados. Personas que administran bancos estatales, personas que incluso tienen un asunto de fiscalización contributiva y esas personas deben de ser delicadas y tener cuidado. La Junta debe de velar porque sea equilibrado y para eso hay un tope de gastos”, expresó.
Agregó que hay fuentes de financiamiento que de llegarse a utilizar serían consideradas “ilícitos”.
Añadió que la JCE no funciona como tribunal pero que en todo caso de que se descubra la utilización de recursos del Estado en una precandidatura, la Junta (o cualquier parte interesada) puede servir como querellante ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) para que este disponga una sentencia.
Recordó que los aportes por cada contribuyente a una precandidatura están limitados al uno por ciento y que ni las personas morales, corporaciones o empresas extranjeras pueden apoyar económicamente un precandidato.
Las declaraciones de Guzmán se producen luego de que varios grupos políticos y sociales denunciaran que en la precandidatura de Gonzalo Castillo se utilizan recursos del estado. También que gran parte de los funcionarios del Gobierno han salido a apoyarle, encargándose de demarcaciones territoriales como coordinadores.
Camejo: “Ley de Función Pública no prohíbe a funcionarios hacer proselitismo”
Este domingo, el ministro de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, aclaró que la Ley de Función Pública no prohíbe a los funcionarios realizar proselitismo.
Explicó que «esa ley lo que restringe son las actividades políticas en lugares de trabajo, el uso de recursos del Estado y la exhortación a empleados a participar en actos partidistas».
Destacó que el artículo 80 de la ley 41-08, que establece prohibiciones a los servidores públicos, «no toca sus derechos ciudadanos de participación política consagrados en la Constitución». «así es que ellos pueden ejercer después de la jornada laboral», afirmó.
«Otras leyes establecen incompatibilidades entre funcionarios y labor política, de manera específica para los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público, pero permite que el resto de servidores ejerzan los derechos políticos que le indica la Constitución», indicó.






