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Senado aprueba en dos lecturas consecutivas Ley del Régimen Electoral

Senado aprueba en dos lecturas consecutivas Ley del Régimen Electoral

9 febrero 2019 Costa Verde DR Nacionales Portada

Santo Domingo.- El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó éste sábado, en dos sesiones consecutivas, el proyecto de Ley Orgánica del Régimen Electoral con varias modificaciones.

El proyecto fue declarado de urgencia y liberado de todos trámites. Fue aprobado con el voto favorable de 24 de los 25 senadores presentes en el hemiciclo.

Este proyecto será ahora enviado a la Cámara de Diputados, para su conocimiento antes del martes que concluye la legislatura extraordinaria convocada por 30 días por el Poder Ejecutivo.

Aunque todo luce que será aprobada esta ley la próxima semana, su implementación no necesariamente sería para las elecciones de 2020, ya que fue aprobada una enmienda del senador por la provincia Hermanas Mirabal, Luis René Canaán, que modifica el artículo 4, que decía que la Junta Central Electoral será la encargada hacer cumplir la presente ley y que la misma entrará en vigencia a partir de las elecciones de 2020.

Ese artículo dice ahora que “la Junta Central Electoral será la institución encargada de la ejecución de la presente ley”. 

La sesión extraordinaria de este sábado fue dirigida por el vicepresidente del Senado, Arístides Victoria Yeb, en funciones de presidente ante la ausencia del presidente del organismo, Reinaldo Pared Pérez, quien presentó sus excusas.

Tampoco estuvieron presentes en la sesión, y fueron leídas sus excusas, los senadores Félix Bautista, Manuel Güicharo, Rubén Darío Cruz, Tommy Galán, Amable Aristy Castro y Sonia Mateo.

El pleno del Senado rechazó una moción presentada por el senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM) José Ignacio Paliza para separar la boleta de los senadores y diputados y eliminar el arrastre.

Entre las novedades que presenta este proyecto de ley está que la condición de abogado solo la exige para el presidente y suplente de la Junta Central Electoral y su suplente. También, reduce la edad mínima permitida para ser miembro del organismo de 35 a 30 años.

Mientras que para ser miembros de las juntas electorales se establece que además de saber leer y escribir, que era el único requisito que había en la ley anteriormente, estos deberán ser mínimo bachilleres.


Asimismo, limita a 600 la cantidad de electores por colegios electorales e impide que un candidato que haya sido propuesto por su partido y haya perdido en un proceso interno sea postulado por otra organización para las mismas elecciones, lo que eliminaría o limitaría el transfuguismo.

También regula las firmas encuestadoras, ya que las mismas deberán ser avaladas y estar registradas por la Junta Central Electoral.

Además crea la figura del fiscal electoral, que estará adscrito al Tribuanl Superior Electoral y bajo mandato de la Procuraduría General de la República. Asimismo, establece sanciones, multas y penas privativas de libertad para quienes incurran en delitos electorales.

Entre esos delitos está la compra de cédulas, votar más de una vez, suplantación de votos y el hostigamiento para conseguir los votos. Estos delitos se castigarán con prisión.

Se advierte que los candidatos no podrán ser apresados ocho días antes de las elecciones, salvo casos de flagrante delito.

También dice que los partidos políticos y los candidatos serán los responsables del retiro de la propaganda electoral en coordinación con los ayuntamientos, pudiendo la JCE retener parte de los fondos de los partidos que no cumplan esta normativa.

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