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El bacilo de Carl Schmitt

El bacilo de Carl Schmitt

24 abril 2026 Eduardo Jorge Prats Opiniones

En Carl Schmitt: lucidez y ceguera (Madrid: Alianza Editorial, marzo de 2026), una refrescante biografía intelectual escrita por José Luis López de Lizaga, se aborda una cuestión clave para entender el pensamiento de Schmitt: la “interminable controversia académica en torno al verdadero alcance del compromiso de Schmitt con el nazismo” y si ese compromiso “contamina la totalidad de la obra schmittiana o si debe interpretarse como un episodio pasajero” (p. 167-168).

López de Lizaga no se inclina por la tesis de la “continuidad”, pues Schmitt colaboró con los políticos conservadores opuestos a Hitler y tuvo que revisar algunas de sus ideas para hacerlas compatibles con el nazismo, por ejemplo, resaltando la preminencia del “movimiento” nacionalsocialista frente al Estado que Schmitt siempre había defendido contra los intereses de los partidos y los antagonismos sociales.

Pero tampoco favorece la tesis de la “cesura”, ya que la dictadura, la inmunidad del ejecutivo frente al control judicial y la necesidad de una democracia homogénea de iguales que excluya a los desiguales eran ideas que habían sido elaboradas por Schmitt previo al ascenso al poder de Hitler, lo que demuestra que “existe cierta continuidad entre el pensamiento anterior de este autor -un pensamiento siempre antiliberal y autoritario pese a sus diversas modulaciones- y su compromiso político de 1933” (p. 185).

López de Lizaga considera “que Schmitt no fue un mero precursor del nazismo, sin que ello implique minimizar la gravedad de su compromiso con dicho régimen” y mostrando “la lógica que conecta las ideas políticas de Schmitt con el nazismo, pero sin dejar de señalar las diferencias que existen entre esas ideas y la ideología nazi” (p. 170).

Aunque señala que “en todas las disyuntivas teóricas a las que aplicó su aguda inteligencia, Schmitt se decidió invariablemente por la opción más antiliberal” (p. 390), con un remedio peor que la enfermedad, recordemos, como advierte Adrian Vermeule, que Schmitt, al igual que Bodino y Montesquieu, más que filosofo o teórico político, era jurista, como él mismo lo proclamó: “soy jurista, en ello persevero y moriré como tal, con toda la desdicha que comporta”.

Soy, decía, “el ultimo representante consciente del ius publicum europaeum, su último profesor e investigador en un sentido existencial”, que “siempre ha hablado como jurista y en consecuencia hablado y escrito en realidad solamente a juristas y para juristas”.

Cuando se toma a Schmitt como lo que es, como jurista, entonces sí es perfectamente posible, no tanto su lectura derechista o izquierdista, sino un uso demoliberal de su pensamiento. Y es que, como afirma Andrés Rosler, él fue “un liberal en el sentido hobbesiano del término”. Por eso podemos nutrirnos de nuestro adversario Schmitt sin contaminarnos con el bacilo autoritario presente en su obra, así como el mismo Schmitt, falsamente, dijo: “Bebí el bacilo nazi, pero no me infecté”.

Prueba de ello son los ordenamientos constitucionales demoliberales que reconocen los estados de excepción -aunque sujetos a límites constitucionales-, que consagran cláusulas pétreas que protegen el contenido constitucional intangible, que establecen que los derechos fundamentales solo pueden ser limitados por ley y que se configuran como democracias militantes que proscriben los partidos anticonstitucionales, todas ideas schmittianas, aunque moduladas, que nos evitan caer en los peligrosos extremos de una democracia liberal y de un liberalismo antidemocrático.

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