El Ministerio de Turismo y otras instituciones del Estado aplicarán estrictas medidas para garantizar la seguridad durante el feriado religioso.
SANTO DOMINGO. – El Ministerio de Turismo, mediante la Resolución DJ 002-2025, anunció una serie de disposiciones especiales por motivo de la Semana Santa, vigentes desde este lunes 14 hasta el domingo 20 de abril, con el objetivo de preservar el orden y la seguridad en zonas turísticas del país.
Entre las medidas destacan la regulación del consumo de alcohol, la prohibición de fiestas en playas y balnearios, así como restricciones a la movilidad de vehículos recreativos y pesados.
Según la resolución, el expendio y consumo de bebidas alcohólicas estará permitido de forma controlada durante el día en actividades recreativas como parques acuáticos o temáticos, pero se prohíbe desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Además, se ratifica la prohibición de celebraciones y eventos en espacios playeros.
Turismo también vetó la venta ambulante de alcohol, el establecimiento de casas de campaña, el uso de carritos de golf por menores sin licencia, y la circulación de motocicletas, Four Wheels, Jet Skis, Wave Runners y Banana Boats en playas y balnearios a nivel nacional.
La normativa incluye el cierre obligatorio de playas y balnearios desde las 6:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana, y exige que las excursiones turísticas sean guiadas por personal autorizado, en embarcaciones registradas y con código QR visible. Solo se permitirán en zonas específicas como la laguna Gri Gri, Isla Saona, Isla Catalina y Cayo Levantado.
Seguridad obligatoria en hoteles y restaurantes
El Ministerio recordó que hoteles y restaurantes en zonas turísticas deberán cumplir con normas de seguridad e higiene, instalar equipos de salvamento en playas y, en caso de organizar eventos, presentar un plan de seguridad interna. El incumplimiento podría derivar en la cancelación de la licencia de operación.
La Policía Turística (Politur) será la entidad responsable de hacer cumplir estas disposiciones.
Intrant prohíbe circulación de vehículos de carga durante el asueto
Como parte de las medidas preventivas, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) prohibió la circulación de vehículos de carga desde el jueves 17 hasta el lunes 21 de abril. Solo se emitirán permisos especiales para unidades que transporten productos considerados prioritarios, como combustibles, agua, alimentos, medicamentos y equipos médicos.
Los permisos especiales tendrán vigencia desde el jueves 17 a las 6:00 a.m. hasta el lunes 21 a las 5:00 a.m., y no se autorizarán camiones con doble remolque, cargas sobredimensionadas o con sobrepeso.
Quedan exentas de estas restricciones las camionetas, ambulancias y vehículos de servicios esenciales como electricidad, agua, telefonía, saneamiento y limpieza urbana, siempre que estén debidamente identificados.
Prohibidas las fiestas masivas y se refuerzan los patrullajes
La Fuerza de Tarea Conjunta ha prohibido la realización de fiestas masivas, tanto públicas como privadas, en playas y balnearios, medida que busca proteger la seguridad de residentes y turistas.
Asimismo, se reforzará el patrullaje preventivo y la labor de inteligencia en zonas de alta afluencia, incluyendo áreas residenciales y comerciales.
En coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), se implementará un operativo nacional que contará con el apoyo de la Defensa Civil, la cual movilizará 10,800 colaboradores distribuidos en 868 puestos de socorro. Además, se podrán clausurar balnearios en función del clima y las condiciones marítimas.
Estas medidas buscan preservar la vida, el orden público y el bienestar de la ciudadanía durante los días de mayor desplazamiento y recreación del año.