SANTO DOMINGO.- La causa de la muerte de Stephora Ann-Merci Joseph fue calificada como “asfixia mecánica por ahogamiento, es una muerte violenta”, según el informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses fechado el 19 de noviembre.
De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue “insuficiencia respiratoria, la forma de producirse la muerte fue rápida”.
En el documento no se establece la hora de la muerte, ya que aunque en el relato fáctico del Ministerio Público se establece que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se produjo a las 2:05 de la tarde.
Los hechos
Según el Ministerio Público, “a las 9:44 de la mañana, la víctima se adentra a la piscina, caminando confiada". La piscina se encontraba sin ningún tipo de señalización y al momento en que llega a la mitad de la misma, la menor "se percató de que el nivel de agua era diferente y de inmediato empezó a hundirse y a hacer señas de auxilio con los brazos muestra de que se estaba ahogando".
El escrito del órgano acusador continúa explicando "que a las 9:45 (de la mañana) la menor de edad realizó gesto de desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir".
En la solicitud de medida de coerción se establece que "mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente e irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina".
El cuerpo de la niña ahogado permaneció en el fondo de la piscina durante 30 minutos, de acuerdo al análisis pericial del Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat) cuando otro menor detectó el cuerpo de Stephora, que ya había subido, y es él quién ayuda a sacarla.
"Se ahogó, se ahogó", gritaba el menor, mientras llamaban a la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel.
Maestras viendo el teléfono y conversando
En su relato establece que durante esos 31 minutos la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel utilizaba su aparato celular, sin ver lo que estaba pasando, siendo todo esto captado por las cámaras de seguridad del lugar.
Posteriormente se mantenía conversando con la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, "sin hacer una revisión de los menores de edad, que se encontraban dentro de la piscina".
Responsabilidad penal
El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.
La calificación jurídica que ha dado el Ministerio Público es homicidio involuntario (art. 319 CP), abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP) y Violación al Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
Para el Ministerio Público, la muerte de Stephora fue resultado directo de una excursión ilegal, en un lugar inseguro con falta total de supervisión, la omisión de auxilio y el incumplimiento de protocolos.






