La referida ley, aprobada por el Senado el pasado miércoles, sustituye y deroga a la 72-02, sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas.De acuerdo a un documento, la normativa aumenta los años de prisión a las personas que incurran en lavado de activos, al establecer una pena mínima de 10 años y duplicar la penalidad económica, además del decomiso de los bienes.
El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo afirmó al referirse a la nueva ley, que en el caso de funcionarios de organismos supervisores que colaboren con los ejecutores del lavado de activos por acción u omisión o que revelen información confidencial a terceros, la pena mínima pasará de 6 meses a 2 años.
“A partir de ahora cualquier funcionario o empresario que se enriquezca en detrimento del erario público podrá ser procesado penalmente por lavado de activos, cuyas consecuencias aumentarían en años de reclusión, multas y en el decomiso de los bienes adquiridos con fondos ilícitos”, expresó el funcionario.
La normativa incluye además delitos de falsificación y adulteración de medicamentos, los delitos medioambientales, la pornografía infantil, el sicariato, la piratería y la violación a la propiedad intelectual, entre otras infracciones que perjudican a la sociedad dominicana.






